La Junta amplía el plazo para solicitar las nuevas ayudas directas a pymes y autónomos

Subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de empresas y personas autónomas afectadas por la COVID-19

Se amplía el plazo para solicitar las ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de empresas y personas autónomas afectadas por la COVID-19. A propuesta de la Consejera de Economía, Empresas y Empleo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha acordado prorrogar la fecha de fin al 30 de julio.

Con el fin de lograr una mayor participación y para que se puedan beneficiar el máximo número de empresas, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha acordado modificar el plazo de presentación de estas ayudas hasta el 30 de julio de 2021.

El objetivo de estas ayudas es el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas que desarrollen su actividad en los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19.

De carácter finalista, la subvención concedida deberá aplicarse a la satisfacción de la deuda, realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y procedan de contratos anteriores a fecha 13 de marzo de 2021. El procedimiento de concesión de estas subvenciones será directo, tramitándose y resolviéndose por orden de presentación y hasta el agotamiento de la financiación disponible.

Los requisitos marcados para poder optar a dichas ayudas son:

Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o en su caso, con la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
Estar dado de alta en una actividad económica.
Haber realizado durante 2019 y 2020 al menos una de las actividades previstas en los códigos de la CNAE y continuar en su ejercicio en el momento de la solicitud.
Tener en caída de más de un 30% en el volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido en 2020 con respecto a 2019.
No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas.